Restricciones de circulación con las furgonetas Rentae
Al alquilar una furgoneta en Rentae, has de tener en cuenta que existen ciertas limitaciones tanto de uso como de tránsito que debes tener en cuenta. Así, existen ciertas zonas o territorios a los que no puedes acceder o tienen algún tipo de limitación.
Restricciones geográficas
A) Dentro de España: esta expresamente prohibido el desplazamiento y/o traslado de las furgonetas Rentae a las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla desde la Península Ibérica.
B) Fuera de España: el arrendatario habrá de informarse y cumplir con la normativa de tráfico aplicable en cada país, incluyendo el pago de tasas por el uso de ciertas vías.
Restricciones de uso
Al formalizar un contrato de arrendamiento en Rentae, el arrendatario acepta una serie de condiciones de uso de las furgonetas. Para conocer más sobre ellas, visita la página acerca de los seguros de furgonetas.
Rentae establece restricciones específicas para la circulación de sus furgonetas de alquiler según la zona geográfica, clasificadas en tres categorías:
Zona 1 – Circulación Libre: Incluye países como Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Gibraltar, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Portugal, San Marino, Suecia, Suiza y Vaticano. Las furgonetas de Rentae pueden circular por estos países sin restricciones ni cargos adicionales.
Zona 2 – Circulación con Preaviso y Recargo: Comprende Croacia, Escocia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Inglaterra, Irlanda, Letonia, Lituania, Polonia y República Checa. Para viajar a estos países con una furgoneta de Rentae, es necesario notificar previamente a la empresa y que este desplazamiento quede expresamente autorizado en el contrato de alquiler, conllevando un recargo adicional.
Zona 3 – Prohibición de Circulación: Incluye todos los países que no se encuentran en las Zonas 1 o 2. Se prohíbe estrictamente la entrada y circulación de las furgonetas de Rentae en estos territorios.
El incumplimiento de estas directrices anula la cobertura del seguro de accidentes en todas sus cláusulas, exponiendo al arrendatario a responsabilidades y costes adicionales en caso de daños o siniestros ocurridos fuera de las zonas permitidas.